C.P.C Gabriel Montiel Morales
Catedrático de la Facultad de Contaduría Publica
Area: Fiscal
¿Que es el IDE?
Impuesto sobre Depositos en Efectivo (IDE)
El IDE no lo calcula un Contador Público
- Lo calcula el banco
- Lo retiene el banco
- El banco lo entera
- Si lo quieres recuperar tienes que hacer tus cálculos de impuestos
Exposición de motivos:
- Ingresos fiscales excesivamente reducidos
- Evasión fiscal superior al 15%
- Amplio mercado informal (48%)
- Complementaria al ISR (y el ahorro?)
- Auxiliar en el control de la evasión fiscal
- Ampliar la base de contribuyentes
- Finalidad extra fiscal
- En vigor a partir del 1º de julio 2008
¿Que persigue el IDE?
- Se crea como una herramienta para atacar a la informalidad
- Se establece como un impuesto de control
Sujeto
- Personas Físicas
- Personas Morales
Objeto
Depósitos en efectivo, en moneda Nacional o Extranjera que reciban en cualquier tipo de cuenta que tengan en la instituciones del sistema financiero.
¿Quienes integran el Sistema Financiero?
- Instituciones de crédito
- Seguros y fianzas
- Soc. controladoras de grupos financieros
- Almacenes generales de deposito
- Administradoras de depósitos para el retiro
- Arrendadoras financieras
- Uniones de crédito
¿Quienes más deben cumplir?
- Las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo autorizadas para operar como entidades de ahorro y crédito.
- Otras sociedades o asociaciones que cumplan los requisitos del articulo 4 transitorio decreto que reforma la ley de ahorro y crédito popular.
No se consideran depósitos en efectivo
- Transferencias electrónicas
- Traspasos de cuentas
- Títulos de crédito
- Cualquier otro documento o sistema pactado con las instituciones del sistema financiero
Base y tasa
Depósitos gravados por 2%
Impuestos a los depósitos en efectivo
Cantidades que superen $25,000.00
Exentos
- La federacion, las entidades Municipios
- Entidades de la Administración Publica paraestatal
- Personas Morales con fines no lucrativos del titulo III LISR
- $25,000 por mes
- Instituciones de sistema financiero por motivo de inmediación o compra-venta de moneda extranjera
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